Mª Carmen Chéliz Inglés - Mar, 27/03/2018 - 09:35
- Un cambio de residencia a otro país, ¿puede afectar a mi herencia?
- Definitivamente sí. Hasta el año 2015, en España la ley aplicable a la herencia venía determinada por la nacionalidad del difunto, por lo que el cambio de país de residencia, mientras se mantuviera la nacionalidad, no afectaba a este particular. Sin embargo, tras la entrada en vigor del Reglamento de la UE 650/2012, de 4 de julio, en agosto de 2015, la ley aplicable a la herencia, como regla general, viene determinada por el lugar de la residencia habitual de la persona fallecida, en el momento del fallecimiento (art. 21).
No obstante, el artículo 22 del citado Reglamento permite que el causante elija como ley aplicable a su sucesión, la ley de su nacionalidad. Por lo tanto, si se va a cambiar el país de residencia, pero no se quiere que ello afecte a la sucesión, es necesario establecer expresamente la voluntad de que la ley aplicable a la misma sea la de la nacionalidad.
Entrada publicada el 27/03/2018
Editor: Universidad Isabel I
Burgos, España
ISSN: 2603-9087
Comentarios
Sucesiones transfronterizas y cambio de residencia
Omar Rodrigo Ro... replied on
Gracias
Estimada profesora,
Justiniano replied on
Gracias
herencia
Elisa M. replied on
Gracias
Sigo este blog desde su
José Rodríguez replied on
Gracias
Cambio de residencia y herencia.
Juanjo replied on
Gracias
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