María Nieves Alonso García participa en un congreso online en México

20 de octubre de 2020. La profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Isabel I, María Nieves Alonso García, participa este jueves 29 de octubre en una sesión virtual a través de Webex dentro de la Comisión de Derecho Constitucional, Derechos Humanos y Amparo de México que en este 2020 se realizará online.

María Nieves Alonso García disertará a partir de las 16:00 (hora mexicana y 23:00 hora española) sobre `La voluntad popular en los asuntos públicos: una explicación en clave histórica de la democracia participativa con especial atención al referéndum´. Este análisis está de candente actualidad ya que integra la democracia representativa y los instrumentos de participación directa como uno de los retos de los Estados constitucionales del siglo XXI.

La profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Isabel I abordará en la conferencia sobre el referendum, la relevancia que tiene como elemento que permite la participación ciudadana en los procesos de decisión política. Se tratará de incentivar el debate doctrinal y político sobre supuestos que, hallándose pacíficamente asentados, convendrá reformular a la luz de la crisis de la representación actual, más incipiente en los últimos meses, como consecuencia de las medidas aprobadas para controlar la pandemia provocada por la Covid-19.

El referéndum, protagonista

El referéndum es el protagonista de todos los instrumentos participativos.  Alonso García explica “el estudio detallado del régimen jurídico del referéndum en el ordenamiento jurídico español y evidencia el escaso desarrollo del mismo en la Ley 2/1980, de regulación de las distintas modalidades de referéndum”.  La docente matiza que de la caracterización debe plantearse “la capacidad del ciudadano para otorgar una respuesta válida en su implementación, en tanto en cuanto puede carecer de los conocimientos suficientes para responder con criterio propio a la pregunta formulada, condicionaría su validez”. Asimismo, el criterio del ciudadano a la hora de decantarse por una de las opciones, no es tan libre como aparentemente parece, matiza la experta en Derecho Constitucional.

María Nieves Alonso García ha destacado que “sobre estos supuestos no preguntaremos si es incompatible el referéndum con el Parlamento”.  A su juicio, la institución del referéndum sirve de elemento de moderación y de control del poder del Parlamento, es decir, como posibilidad de contradecir, en asuntos puntuales lo decidido en sede parlamentaria.

Asimismo, la profesora universitaria destaca que el referéndum puede ser “un medio de arbitraje para dirimir las diferencias entre la mayoría y la minoría parlamentaria en el procedimiento legislativo o entre el Gobierno y el Parlamento en situaciones de bloqueo político”.  

Los beneficios que pueden surgir del referéndum como complemento de la democracia representativa se materializan solo si los procedimientos están bien diseñados y garantizan información y transparencia a los ciudadanos. “Regulado con las garantías democráticas precisas, el referéndum amplía las posibilidades de participación, corresponsabiliza a los ciudadanos en el proceso de adopción de las decisiones colectivas y refuerza la legitimidad del sistema político”, concluye la docente de la Universidad Isabel I.