María Hernández Moreno Docente del Grado en Criminología
Lun, 17/10/2022 - 19:00

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Serie: 'Criminología en serie' (XXVI)

Tal y como recoge la Real Academia Española (RAE), se entiende por intoxicación la acción de infectar con tóxico, de envenenar. Definiéndose como tóxico a aquella sustancia que contiene veneno o produce envenenamiento.

Si consultamos el término envenenar, este se concreta como la acción de administrar un veneno a una persona o a un animal, entendiéndose veneno como la sustancia que, introducida en un ser vivo, es capaz de producir graves alteraciones funcionales e incluso la muerte.

El profesor Mata, primer catedrático de Medicina Legal en España, define veneno como aquella sustancia que, puesta en contacto con los sólidos, líquidos o gases del cuerpo vivo, es capaz de determinar, por su propia naturaleza y bajo ciertas condiciones, fenómenos químicos o fisiológicos incompatibles con la vida.

Por su parte, el Catedrático Buenaventura Orfila, considerado el padre de la toxicología moderna, establece que veneno será toda sustancia que, tomada interiormente o aplicada exteriormente sobre un cuerpo vivo en dosis pequeñas, obra en virtud de su naturaleza, destruyendo la salud de este individuo e incluso llegando a acabar con su vida.

¿Son entonces sinónimos intoxicar y envenenar, tóxico y veneno?

Atendiendo a las definiciones podría parecer que sí, que ambas acciones conllevan la presencia de una sustancia que produzca lesiones en el cuerpo del individuo o el animal con el que entra en contacto, sin que haya distinción alguna entre un tóxico y un veneno. Pero lo cierto es que, desde un punto de vista práctico, pero, sobre todo forense y criminológico, ha de atenderse a ciertos matices.

Orfila y Mata marcan una primera diferencia al establecer que el tóxico se convertirá en veneno, bien por la dosis administrada, o bien por las características propias del mismo. No aceptan, por tanto, que se trate de sinónimos. Son elementos que pueden estar presentes en función de las condiciones concretas descritas.

Desde un punto de vista forense y criminológico, se establece el contraste principal entre ambos términos atendiendo a la voluntariedad de cada ocasión, al interés en causar los síntomas sobre un tercero o sobre sí mismo.

Así, en todos aquellos casos en los que se emplee una sustancia con fines lesivos, conociendo y queriendo producir esos efectos, se hablará de veneno y de envenenamiento. Si por el contrario no existe esa intención de dañar, y por tanto se produce de forma accidental, se trata de un tóxico y de una intoxicación.

En cualquier caso, es necesario destacar que la nomenclatura de cada episodio no exime de responsabilidades penales o civiles; únicamente precisa cada caso y le otorga la distinción suficiente como para comprender qué tipo de acto ha tenido lugar y cuál es su trasfondo y la forma en la que debe ser investigado.

 

ISSN 2697-1984

Editor: Universidad Isabel I

Burgos, España

 

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