María Nieves Alonso Profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Isabel I
Vie, 23/07/2021 - 15:08

Seguridad medioambiental

Serie: 'Seguridad a tu alcance' (VIII).

La protección medioambiental se encuentra estrechamente vinculada con la garantía de los derechos humanos, fundamentalmente cuando entran en juego los desplazamientos provocados por catástrofes climáticas. El incremento cuantitativo y cualitativo de convenios sobre medio ambiente, no ha resuelto una problemática compleja y con especial auge en la actualidad y en las expectativas del futuro más próximo. Garantizar un medio ambiente óptimo y la protección de los derechos fundamentales de los migrantes climáticos se concibe como uno de los grandes retos en la esfera internacional.

El siglo XXI se caracteriza por tres grandes amenazas: la pobreza, la violencia —generada por la guerra, la delincuencia organizada y el terrorismo— y el cambio climático. “Los tres fenómenos, catapultados a la consideración de desafíos globales, no quedan retenidos en las fronteras, sino que afectan en mayor o menor medida a todos los países del mundo”. Así, lo manifestó el ex Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan que advirtió que el impacto humanitario del cambio climático probablemente sea uno de los mayores retos humanitarios durante los próximos años y décadas.

La toma de conciencia sobre el grado de deterioro de los recursos naturales hizo necesario que los ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales se enfrentaran al dilema entre desarrollo económico de los territorios y la protección del medio ambiente.

La degradación del medio ambiente, el cambio climático y el desarrollo insostenible son algunos de los indicios más acuciantes y graves que impiden el disfrute del derecho a la vida. Sin lugar a duda, las amenazas climáticas están intensificando el riesgo de que se produzcan catástrofes provocadas por fenómenos meteorológicos extremos, ya que incrementa el poder destructivo de las tormentas e inundaciones. 

Este motivo, entre otros invita a meditar que, las migraciones internacionales han aumentado espectacularmente no sólo en volumen, sino también en grado de mundialización del régimen migratorio en una doble dirección: de un lado, por el aumento de la diversidad de las regiones receptoras y, de otro, por el incremento de las áreas de origen de los inmigrantes.

Sea lo que fuere, «inmigrantes» y «refugiados» son dos realidades distintas, pero comparten un objetivo común: emprender una nueva vida en un lugar mejor en busca de seguridad hacía países más estables, esencialmente estados del hemisferio norte, no sin olvidar que aún están en vías de la estabilización de la crisis económica surgida a partir del año 2008.

Como consecuencia de la dificultosa delimitación conceptual de los afectados por las catástrofes climáticas, se han hecho algunos intentos para ampliar la definición de refugiado con la pretensión de incluir a los desplazados por razones medioambientales en tal stat; esto significaría que los países más contaminantes deben asumir sus responsabilidades ante las continuas crisis humanitarias que están provocando y que influye de manera tan directa en los países más pobres con un patrón de desarrollo mucho más limitado.

Como contrapartida a esta pretensión se aprecia que, dentro del sistema internacional, no existe una estructura que permita responder a las necesidades de los migrantes por razones climáticas.

Editor: Universidad Isabel I

ISSN 2697-288X

Burgos, España

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