Imagen aérea ofrecida por el video de la Guardia Civil

Imagen aérea captada en el video de la Guardia Civil. Ministerio del Interior.

21 de enero de 2026. El accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba) ocurrido el pasado domingo 18 de enero de 2026 a las 19:40 horas, con al menos 42 víctimas mortales confirmadas y más de un centenar de heridos, ha reabierto el debate sobre la capacidad real del sistema sanitario y de protección civil para responder a emergencias de gran magnitud. Así lo sostiene el profesor Martín González y Santiago, docente del Grado en Ciencias de la Seguridad, en un análisis publicado en el medio digital Delta 13 News, en el que advierte de “carencias estructurales” en la preparación hospitalaria ante catástrofes externas.

Según los datos oficiales citados en el artículo, a las 21:00 horas del 19 de enero de 2026 el balance provisional era de 42 fallecidos, 122 heridos atendidos y 43 denuncias por desapariciones pendientes de verificación, con 41 personas hospitalizadas, 12 de ellas en UCI, distribuidas en varios centros de Córdoba. Se trata de un accidente que afecta a 527 personas en el choque de ambos trenes. Las investigaciones preliminares apuntan a una rotura de la vía como causa principal del siniestro, descartándose por el momento el sabotaje, a la espera del informe oficial.

En el artículo, el profesor de la Universidad Isabel I, doctor en medicina, seguridad y derecho y doctor honoris causa en Criminología además de analista de inteligencia y seguridad, señaló cómo la ciudadanía demostró una vez más su resiliencia ofreciendo la primeras respuestas para atender a las víctimas “improvisando camillas con mantas y ofreciendo agua, abrigo y consuelo. Esta solidaridad fue espontánea y el primer eslabón de la cadena de socorro, superando en ocasiones la capacidad institucional”, explica en su análisis.

Protocolo obsoleto sobre la atención hospitalaria

El profesor Martín González subraya que la gestión de la emergencia puso de relieve un problema persistente: España carece de una ley estatal integral que establezca obligaciones homogéneas y evaluables para que los hospitales se preparen ante eventos con múltiples víctimas. Las normas existentes de varias entidades como protección civil, sanidad y prevención de riesgos laborales, y todas ellas se encuentran, a su juicio, “fragmentadas y sin un marco unificado que garantice una respuesta coordinada”.

González y Santiago recuerda que el Real Decreto 32/2009, aprobado tras el 11-M y el accidente de Spanair, se centra en la identificación forense de las víctimas y no aborda la preparación asistencial hospitalaria. Añade que la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil modernizó la planificación de emergencias, pero sin integrar de forma específica la dimensión hospitalaria ni fijar criterios vinculantes para la distribución de heridos en función de la capacidad o la saturación de los centros.

“Es imprescindible una ley que obligue a todos los hospitales a prepararse y responder ante catástrofes externas, ya que este tipo de eventos generan de forma inmediata una emergencia interna que compromete el funcionamiento normal de una infraestructura crítica esencial como es el hospital”, subraya el docente.

primer hospital de campaña en Adamuz

Imagen del hospital de campaña improvisado en Adamuz. Imagen del vídeo de RTVE.

Vacío operativo que persiste

Especial atención dedica el profesor a la situación normativa de la autoprotección hospitalaria. La derogación del Real Decreto 393/2007 por la Norma Básica de Protección Civil de 2023 ha dejado, según explica, un “escenario jurídico híbrido”, en el que el modelo anterior se considera superado mientras el nuevo no está plenamente desplegado.

Este vacío operativo, advierte el profesor, afecta de forma especialmente grave a infraestructuras esenciales e “inevacuables”, como las unidades de cuidados intensivos, las unidades médicas intensivas o las unidades neonatales, donde la falta de planificación integrada condiciona la continuidad asistencial y la seguridad de pacientes y profesionales.

El profesor también pone el foco en la aplicación irregular de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Recuerda que esta norma obliga a informar y formar a los trabajadores, a adoptar medidas de emergencia y a coordinar las actividades de todas las entidades que operan en un mismo centro sanitario. Su incumplimiento, señala, incrementa los riesgos en contextos de emergencia y añade inseguridad jurídica a situaciones ya críticas.

A ello se suma la gestión de datos personales en catástrofes. El artículo analiza la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que prohíbe en principio el tratamiento de datos de salud, pero permite excepciones en situaciones de emergencia para proteger intereses vitales o por razones de interés público en salud pública. Estas excepciones, subraya el autor, exigen criterios estrictos de necesidad, proporcionalidad y seguridad en la gestión de listados de víctimas, información sanitaria y pruebas genéticas.

Pese a las deficiencias señaladas, el texto reconoce avances en los últimos años, como la Estrategia de Seguridad del Paciente del SNS, la creación de la especialidad de Medicina de Urgencias en 2025 y los simulacros interinstitucionales desarrollados en algunas comunidades autónomas. También destaca, de forma poco habitual, la coordinación entre distintas administraciones durante la emergencia de Adamuz, que permitió reforzar la actuación de los servicios de intervención y canalizar la ayuda ciudadana.

El análisis concluye con una llamada a la aprobación de una ley estatal de bases, al amparo del artículo 149.1.16ª de la Constitución, que establezca estándares mínimos obligatorios de preparación hospitalaria en todo el territorio.

Investigación de la Guardia Civil en el lugar del accidente

Investigación de la Guardia Civil en el lugar del accidente del pueblo cordobés de Adamuz. Fuente: vídeo de la Guardia Civil.

Conclusiones

“El derecho a la vida y a la integridad física no puede depender del código postal”, sostiene el profesor, que insiste en que la improvisación en emergencias tiene un coste directo en términos de morbimortalidad.

 El artículo se limita al análisis de la respuesta ante la emergencia y no entra a valorar posibles responsabilidades, a la espera de que concluyan las investigaciones oficiales.