Luis Sebastián Castañares Profesor del Grado en Derecho de la Universidad Isabel I
Mar, 14/05/2019 - 10:07

Banderas de las naciones miembros de la ONU en Nueva York

Serie: El Derecho Responde (LXXVII)

- ¿Puede definirse a la nación desde una perspectiva jurídica

- Aunque la utilización común de la voz nación es mayoritariamente metajurídica, y ha sido objeto de estudio en diferentes campos relativamente alejados de las ciencias jurídicas, su complejidad hace necesaria una aproximación multidisciplinar que permita valorarla con mayor precisión. 

En el caso del concepto de nación, existen diversas áreas que, por su naturaleza, resultan unas fantásticas herramientas para su estudio, como la Filosofía del Derecho, el Derecho Constitucional o la Historia del Derecho. El desarrollo del positivismo filosófico y su impacto en el derecho, tiene un impacto evidente en la definición de instituciones jurídicas a través de las normas. El iuspositivismo, y la concreción del pensamiento de Kelsen, implican de forma clara a las constituciones (como normas supremas del ordenamiento jurídico de los estados) en la conceptualización de grandes conceptos, como lo es el de nación. Término que está indisolublemente vinculado a los postulados liberales y racionalistas de la modernidad, y que se integra en la sociedad ya desde una perspectiva estatalista. 

Así, nos encontramos con que las constituciones son la norma jurídica fundamental para revelar la conceptualización de la nación en momentos históricos concretos y delimitados. A través de la ley, la norma jurídica, podemos reflexionar de forma única sobre la naturaleza y atributos de una nación particular en un tiempo y lugar concretos. Pues es precisamente en el articulado de las constituciones (formales o materiales), así como en la discusión parlamentaria previa a su positivación, donde podemos encontrar las claves sobre su naturaleza. 

Además, los conceptos de nación particulares en cada estado, surgen de la voluntad política del grupo humano que la compone y se sustancian a través del andamiaje jurídico legítimamente elaborado. Nación y constitución tienen así una relación sustancial, pues la nación soberana crea la norma que la acaba definiendo, legitimando así el sistema de derecho. De esta forma, es la constitución la que puede realmente definir a la nación, puesta ésta es un constructo jurídico que se asienta en el principio de soberanía y en los elementos étnicos y culturales particulares del grupo humano en cuestión. 

Como podemos observar, el concepto de nación y la estructura estatal que le da cobertura se retroalimentan, pues la referencia ideológica de la nación permite asegurar la viabilidad del propio estado. El propio ejercicio legalmente sistematizado del poder político legitima el concepto jurídico de nación, y acaba afirmando la definición de nación que la propia constitución fija a través de ciertos elementos políticos pero también étnicos y culturales. 

Por todo ello, sin la claridad jurídica que otorga el derecho a través de las constituciones de los diferentes países, resulta imposible evidenciar objetivamente la existencia o las particularidades de una nación. Sensu contrario, las ciencias jurídicas se erigen como la herramienta óptima para definir y concretar la noción ontológica de la nación

Entrada publicada el 14/05/2019

Editor: Universidad Isabel I

Burgos, España

ISSN: 2603-9087

Comentarios

Brillante árticulo Doctor. Kelsen, se apoya en la norma de normas (La Cosntitución) para llegar a una aproximación conceptual de nación. Fenomenal y valiente artículo.

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