Mariano del Rincón López - Jue, 06/02/2025 - 10:48
Imagen de la II Jornada sobre Derecho e IA en la Universidad Isabel I.
Serie: 'El Derecho Responde' (CXCIII)
Vivimos una realidad digital avanzada jurídicamente deficitaria. ¿Será la IA nuestra aliada tecnológica o una depredadora de derechos?
La II Jornada sobre Derecho e IA celebrada el pasado trimestre en la Universidad Isabel I, ha suscitado en nosotros la necesidad de seguir profundizando en esta temática tan singular y transcendental para el mundo jurídico.
Se nos presenta dificultoso el encaje que nuestra analógica y rígida Constitución pueda tener en el mundo digital a pesar de que el constituyente demostró su pericia al intuirlo y dejarlo plasmado en el art. 18. 4º CE: «la ley limitará el uso de la informática para garantizar…». Perturbadora nos parece la cada vez más cercana posibilidad de que los algoritmos puedan llegar a constituir, por imposición de las grandes empresas tecnológicas, una nueva fuente del Derecho tan poderosa que se resientan los cimientos de las fuentes del derecho que conocemos.
Convenimos en la necesidad imperiosa de poner a la IA, más pronto que tarde, el límite de los Derechos Fundamentales declarados en nuestra Constitución y en el Derecho Internacional con el fin de minimizar los riesgos e inseguridades que esta situación pudiera estar provocando. Abogamos porque los Derechos y Libertades sean punto de salida y de llegada en su más que incontrolable desarrollo. Ante el posible resquebrajamiento de nuestra seguridad jurídica es imprescindible que los operadores jurídicos sean quienes asuman un papel preponderante, junto con el legislador, para dirigir la transformación digital y anticiparnos a las posibles violaciones de derechos.
Nuevo paradigma tecnológico
Este sombrío y nuevo paradigma tecnológico, el cambio de época que esto va a representar, la abrumadora posición dominante de las compañías tecnológicas mundiales y sus motivaciones económicas ajenas al Derecho y a la Democracia, incorporan riesgos tan importantes como la posible minimización del espíritu crítico de la ciudadanía, el sometimiento social a algoritmos incomprensibles, la implantación generalizada de los contratos de adhesión para cualquier actividad privada o pública (Smart Contracts), la supeditación de letrados y jueces a algoritmos predeterminados por entes no jurídicos situados al margen del Derecho y de la Doctrina, la devaluación de la transparencia y la utilización de sesgos impredecibles en la toma de decisiones de las Administraciones Públicas y entidades privadas, etc.
Derecho e IA.
Debemos ser conscientes de que la IA no es ideológicamente neutra pues aspira a dirigir nuestras vidas según los deseos de potentes grupos empresariales globales que funcionan totalmente al margen de la democracia y del Derecho. Es obligado manifestar nuestra intolerancia a dejar languidecer los valores de nuestro ordenamiento jurídico como la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, declarados en el art. 1.1 CE, de los cuales emanan todos los derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
El futuro de las profesiones jurídicas
Del mismo modo, nos planteamos las siguientes cuestiones sobre algo relativo a las profesiones jurídicas: ¿En qué se pueden quedar los debates internos de los órganos colegiados jurisdiccionales? ¿Dónde se articularán los votos particulares de las sentencias y decisiones judiciales? ¿Quién deberá motivar las sentencias y resoluciones judiciales? Y por último: ¿Van a ser los algoritmos una nueva fuente del Derecho?
Un paso importante y esperanzador para atajar a tiempo esta honda problemática puede haber surgido de nuestra propia Unión Europea, se trata del Reglamento 2024/1689, de 13 de junio, sobre Inteligencia Artificial que, como figuraba en la presentación de la citada II Jornada sobre IA de la UI1, supone «un marco jurídico sólido en la materia para garantizar un uso responsable de esta tecnología que profundiza en el respeto de los derechos y libertades de los ciudadanos…»
NOTA: Esta breve entrada de blog ha sido auxiliada por tres lecturas: la entrada a este mismo blog del egresado Alexander Sebastián Ruiz, el libro “Nexus” del pensador e historiador israelí Yuval Noah Harari y las aserciones hechas por el Catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada Francisco Balaguer Callejón en su obra «La constitución del algoritmo».
Editor: Universidad Isabel I
Burgos, España
ISSN: 2603-9087
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