Requisitos de acceso

El máster tiene carácter multidisciplinar, por lo que pueden acceder todos aquellos alumnos que posean una titulación universitaria. Conforme a lo establecido por Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, que establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. El máster está dirigido a aquellos estudiantes que se encuentren en posesión de un título universitario oficial y pretendan orientar su futuro profesional en el ámbito de la Seguridad y Defensa.

Los alumnos que deseen matricularse en el presente máster tienen que cumplir los requisitos que establezca la legislación vigente para el acceso a los estudios universitarios de carácter oficial. Se determinan los siguientes sistemas de acceso:

Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculta en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.

Para conseguir un adecuado rendimiento en el Máster es necesario que, aquellos estudiantes que no tengan el español como primera lengua, acrediten un nivel B2 (o superior) en el idioma español según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Atendiendo al "Anexo I. Ámbitos del conocimiento del RD 822/2021 de 28 de septiembre", como criterio general de admisión se establece que la titulación de Licenciatura, Diplomatura o Grado con la que se debe acceder al Máster debe proceder de los ámbitos de conocimiento de:

  • Ciencias Sociales
  • Trabajo Social
  • Relaciones Laborales y Recursos Humanos
  • Sociología
  • Ciencia Política y Relaciones Internacionales
  • Derecho y especialidades jurídicas
  • Ciencias del comportamiento y Psicología
  • Historia, Geografía, Filosofía y Humanidades
  • Periodismo, Comunicación, Publicidad y relaciones públicas
  • Ingeniería informática y de sistemas
  • Matemáticas y estadística e interdisciplinares

O bien, presentar cualquier otra vía de acceso válida para Máster siempre y cuando se acredite una experiencia de al menos un año en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, para asegurar el máximo aprovechamiento de las enseñanzas.

Así pues, no se establece un criterio de preferencia estricta por ninguna de las dos vías de acceso señaladas (estudios del ámbito de conocimiento o experiencia laboral relacionada), ya que ambas se consideran óptimas para el aprovechamiento de la titulación que se presenta en esta memoria. En este sentido, se ha procedido a acotar las vías de acceso entendiendo que los alumnos con el perfil descrito (Graduados en el ámbito de conocimiento así como alumnos con cualquier otra vía de acceso que acrediten experiencia laboral directamente relacionada con las asignaturas del Máster, como lo es la pertenencia a Fuerzas de Seguridad del Estado) podrán aprovechar mejor las enseñanzas de la titulación y la visión y conocimientos prácticos que van a ofrecer especialmente los docentes previstos para esta titulación.

La experiencia laboral que es necesario acreditar para poder optar (junto con una vía que garantice el acceso a Máster, ya sea de Grado, Diplomatura o Licenciatura de un ámbito de conocimiento diferente al requerido) será en el ámbito de:

  • Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil (titulación equivalente al de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero).
  • Escala Ejecutiva del Cuerpo Nacional de Policía, teniendo en cuenta lo siguiente:
    • Funcionarios de Escala Ejecutiva con la equivalencia académica a Máster Universitario, para aquellos funcionarios provenientes de oposición libre o promoción interna que accedan con la diplomatura o licenciatura universitaria, o título de grado universitario (en adecuación al Plan Bolonia), que hayan cursado los dos años de formación en la Escuela de Ávila a partir del año 2006.
    • Funcionarios de la Escala Ejecutiva con la equivalencia a licenciado universitario, para los que hayan accedido a la Escala Ejecutiva por promoción interna u oposición libre con el título de diplomado o Licenciado universitario con anterioridad al año 2006.
    • Funcionarios de la Escala Ejecutiva sin ninguna titulación académica universitaria por no cumplir los requisitos de acceder a la Escala con el título de diplomado, licenciado universitario o con el título de grado universitario y que hasta septiembre de 2015 podrán seguir beneficiándose de la convalidación de la Orden de 18 de abril de 2000, en el sentido de obtener la equivalencia a licenciado universitario si antes de esta fecha adquieren el título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
  • Militares de Carrera:
    • Escala Superior de Oficiales: corresponde a los estudios universitarios de primer y segundo ciclo. En este grado, el primer empleo militar equivale al título de Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura, según la especialidad cursada.
    • Escala de Oficiales: corresponde a los estudios de primer ciclo universitario. En esta escala, el primer empleo militar equivale al título de Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, según la especialidad elegida.

A estos efectos los estudiantes que deseen acceder a estos estudios deberán contactar con la Universidad Isabel I para iniciar los trámites. Para ello la Universidad les asigna un orientador personal que los acompañará y les guiará durante todo el proceso de matrícula poniendo a su disposición un manual básico de matrícula y otro con el proceso de matrícula.

El orientador facilitará a los estudiantes interesados el acceso a su espacio personal en el Campus Virtual para que puedan formalizar la solicitud aportando la documentación que en cada caso les sea requerida (vía de acceso, documento de identidad, expediente académico, experiencia profesional, etc.). Una vez valorada la documentación por el Departamento de admisiones y secretaría la solicitud podrá ser aceptada pudiendo entonces el alumno formalizar su matrícula.

Criterios de admisión en el caso de que la demanda supere la oferta

La Universidad Isabel I no ha establecido pruebas de acceso y/o admisiones especiales. No obstante, en la selección de los aspirantes, para el caso de que la demanda supere la oferta, se tendrá en cuenta el siguiente criterio:

  • 1. Alumnos que procedan de los Grados o Licenciaturas en Derecho, Criminología, Ciencias Policiales y/o de la Seguridad, Sociología, Psicología, o Ciencias Políticas: 8 ptos.
  • 2. Alumnos que acrediten experiencia laboral en cualquier Cuerpo de Seguridad del Estado: 8 ptos.
  • 3. Alumnos que procedan de cualquier otra titulación distinta a las descritas anteriormente, pero perteneciente al ámbito de conocimiento de las Ciencias Sociales, Trabajo Social, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Sociología, Ciencia Política y Relaciones Internacionales, Derecho y especialidades jurídicas: 5 ptos.

En caso de empate se garantizará la objetividad respetando estrictamente el orden de solicitud de matrícula.

Este criterio, tan solo será aplicable una vez que el número de plazas ofertadas en el curso académico haya sido superado por la demanda.

Alumnos extranjeros

Los alumnos con una nacionalidad distinta a la española, o correspondiente a Estados cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar, en el momento de formalización de su matrícula en cualquier titulación oficial impartida por la Universidad Isabel I en español, los conocimientos correspondientes al nivel B2 de lengua española.

La acreditación de estos conocimientos podrá realizarse por alguno de los siguientes medios:

  • 1. Presentar un certificado de dominio de nivel B2 de español o superior de entre los que se especifiquen desde la Escuela de Idiomas de la Universidad Isabel I.
  • 2. Superar una prueba específica certificadora de nivel B2 organizada por la Escuela de Idiomas de la Universidad Isabel I, que tiene la finalidad de certificar la consecución de las competencias del nivel B2 de español.

Por otro lado, aquellos que sean titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, podrán acceder sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de posgrado. El acceso por esta vía no implicará en ningún caso la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de máster.

El número de plazas de nuevo ingreso ofertadas son 100.