
Andrea Cabezas Mateos en el Ministerio de Igualdad.
16 de julio de 2026. La alumna del Grado en Derecho y del Máster Universitario en el Ejercicio de la Abogacía y la Procura de la Universidad Isabel I y presidenta de Stop Violencia Vicaria analiza el caso que ha llevado a la Audiencia Provincial de Zaragoza a corregir dos veces a un juzgado especializado, en el que es asesora jurídica, y reflexiona sobre los problemas relacionados con la protección a las víctimas, al tiempo que explica cómo un Trabajo Fin de Grado ha terminado influyendo en la futura regulación de la violencia vicaria.
El caso más reciente ha abierto un debate jurídico inédito sobre la aplicación de la legislación de violencia de género cuando el investigado ha modificado previamente su sexo registral.
Todo comenzó con la denuncia presentada por Sara —nombre ficticio para preservar su identidad— después de recibir reiteradas amenazas atribuidas a su expareja. Según el atestado policial, entre las manifestaciones incorporadas al procedimiento figuraban frases como «Mi finalidad es matar a la madre de mis hijos» o advertencias trasladadas por terceras personas en las que se aseguraba a la víctima que el investigado pretendía acabar con su vida.
La Policía Nacional no trató el asunto como un episodio aislado. Activó para la víctima el nivel de riesgo extremo del sistema VioGen, el máximo previsto dentro del protocolo policial calificó el procedimiento como un caso de especial relevancia —una categoría reservada para aquellas situaciones en las que el riesgo de reincidencia violenta con resultado de muerte se incrementa notablemente— y solicitó medidas urgentes de protección, entre ellas la posibilidad de instalar un dispositivo telemático de control al investigado.
Sin embargo, el procedimiento tomó un rumbo inesperado. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Zaragoza rechazó inicialmente conceder la orden de protección solicitada por la víctima. Posteriormente, al comprobar que el denunciado había modificado con anterioridad su sexo registral, decidió inhibirse en favor de un juzgado de instrucción ordinario al considerar que dejaba de ser competente para conocer del asunto. No obstante, la defensa de Sara recurrió ambas decisiones.
Meses después, la Audiencia Provincial de Zaragoza terminó corrigiendo al juzgado especializado en las dos ocasiones. Primero, ordenó conceder la orden de protección que había sido denegada, al considerar que la valoración conjunta de las amenazas, los antecedentes del investigado, la existencia de condenas previas por violencia de género sobre la misma víctima y el informe policial de riesgo extremo justificaban plenamente la adopción de medidas cautelares.
Pocos días después llegó una segunda resolución. La Audiencia dejó sin efecto la inhibición acordada por el juzgado y ordenó que el procedimiento regresara al Juzgado de Violencia sobre la Mujer para analizar previamente si el cambio registral podía responder a un posible fraude de ley o a un abuso de derecho destinado a eludir la aplicación de la legislación específica sobre violencia de género.
La resolución supone un precedente especialmente relevante porque introduce una cuestión que hasta ahora apenas había sido objeto de análisis judicial: si un cambio registral puede modificar automáticamente la competencia de los tribunales o si, cuando existen antecedentes de violencia de género y otros indicios objetivos, esa decisión debe quedar sometida al correspondiente control jurisdiccional.
Detrás de la estrategia jurídica que ha impulsado los recursos en este procedimiento se encuentra Andrea Cabezas como asesora jurídica. Durante sus estudios en la Universidad Isabel I desarrolló una investigación sobre violencia vicaria que acabaría convirtiéndose en su Trabajo Fin de Grado. A partir del análisis de la evolución legislativa, la jurisprudencia y los testimonios de víctimas, formuló diversas propuestas de reforma del Código Penal destinadas a reforzar la protección de la infancia y de las mujeres frente a esta forma de violencia.
Con el paso del tiempo, aquellas propuestas salieron del ámbito universitario para incorporarse al debate institucional. Andrea tuvo la oportunidad de defenderlas en distintas mesas de trabajo vinculadas al Pacto de Estado contra la Violencia de Género y algunas de sus principales conclusiones —como el reconocimiento específico de la violencia vicaria o la suspensión de la patria potestad para determinados condenados— forman hoy parte de las reformas legislativas que prepara el Ministerio de Igualdad.
Para ella, ese recorrido demuestra que la universidad no sólo forma profesionales, sino también investigadores capaces de contribuir a la evolución del Derecho. "La universidad me enseñó que investigar no consiste únicamente en analizar lo que ya existe", explica. "También implica detectar aquello que no está funcionando y ser capaz de proponer soluciones jurídicas sólidas", apostilla. Con esa doble perspectiva —la académica y la profesional— afronta ahora uno de los procedimientos que pueden marcar la interpretación futura de la legislación sobre violencia de género.

Andrea Cabezas actúa como abogada defensora en un juicio simulado en la Universidad Isabel I, como parte de sus prácticas académicas.
Entrevista
El procedimiento que están impulsando ha despertado un enorme interés jurídico. ¿Qué convierte este caso en un asunto especialmente relevante desde el punto de vista legal?
Estamos ante un procedimiento que obliga a interpretar conjuntamente dos normas de enorme importancia: la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y la Ley para la Igualdad Real y Efectiva de las Personas Trans.
Lo que hemos observado en los últimos tiempos es que determinados agresores pueden intentar aprovechar un vacío legal derivado del cambio de sexo registral para evitar que su procedimiento continúe tramitándose dentro del circuito especializado de violencia sobre la mujer. Esa posibilidad es la que la Audiencia Provincial ha considerado que debe analizarse judicialmente.
Hasta ahora, la respuesta venía siendo prácticamente automática. En el momento en que una persona figuraba registralmente como mujer, muchos procedimientos pasaban directamente a un juzgado ordinario de instrucción sin que existiera un análisis previo sobre las circunstancias concretas del caso.
Lo que hace ahora la Audiencia es introducir un elemento esencial: el control jurisdiccional. Es decir, reconoce que cuando existen indicios objetivos, antecedentes por violencia de género sobre la misma víctima o circunstancias que puedan apuntar a un posible fraude de ley, no basta con la mera modificación registral para alterar automáticamente la competencia judicial.
A nuestro juicio, esa es la verdadera trascendencia de esta resolución.
No se está cuestionando el derecho de una persona a modificar su inscripción registral. Lo que se plantea es que, cuando concurren determinados elementos objetivos, debe poder analizarse si ese cambio ha sido utilizado con una finalidad distinta de la prevista por la ley.
La Audiencia Provincial termina corrigiendo al Juzgado de Violencia sobre la Mujer en dos ocasiones. ¿Qué lectura hace de esas resoluciones?
Para nosotros representan, sobre todo, una recuperación de la confianza en el sistema judicial.
Las víctimas de violencia de género atraviesan en muchas ocasiones una enorme desconfianza hacia las instituciones. No podemos olvidar que, según los datos más recientes de la Macroencuesta sobre Violencia contra la Mujer, una parte muy importante de las mujeres que sufren violencia nunca llega a denunciar.
Cuando una víctima observa que un tribunal superior revisa las decisiones adoptadas y concluye que efectivamente debía haberse acordado una orden de protección o que el procedimiento no debió salir del juzgado especializado, percibe que el sistema todavía dispone de mecanismos para corregir posibles errores. Eso resulta especialmente importante en un momento en el que muchas mujeres dudan de si merece la pena acudir a la Justicia.
Las resoluciones de la Audiencia envían un mensaje muy claro: las decisiones judiciales pueden revisarse cuando existen fundamentos para ello y los derechos de las víctimas deben seguir siendo el eje sobre el que gire todo el procedimiento.
Uno de los aspectos más novedosos es precisamente esa investigación sobre un posible fraude de ley. ¿Por qué considera que esa cuestión puede tener tanta repercusión jurídica?
Porque introduce un debate que hasta ahora prácticamente no había llegado a los tribunales. Lo relevante no es únicamente cuál sea el resultado de la investigación que finalmente se practique. Lo verdaderamente importante es que la Audiencia reconoce que esa investigación puede realizarse. Eso supone un cambio de enorme alcance.
Todos tenemos derecho al juez predeterminado por la ley. Lo que no puede suceder es que una actuación unilateral termine determinando automáticamente qué órgano judicial va a conocer del procedimiento sin posibilidad de control.
Cuando además existen múltiples condenas previas por violencia de género sobre la misma víctima, ingresos en prisión y nuevas amenazas que justifican una investigación, entendemos que esa decisión debe ser analizada judicialmente.
La Audiencia ha considerado precisamente eso: antes de decidir qué juzgado es competente, primero debe aclararse si existe o no un posible fraude de ley. Y esa doctrina puede tener una enorme relevancia para procedimientos similares que puedan plantearse en el futuro.
Los tiempos procesales también son protección
La Policía Nacional activó para la víctima el nivel de riesgo extremo del sistema VioGen. ¿Cómo se explica que esa valoración no fuera suficiente para que inicialmente se acordara una orden de protección?
Precisamente ahí está una de las cuestiones que más nos preocupan. La Policía hizo lo que tenía que hacer. La valoración policial fue muy contundente y técnica. No estamos hablando de una apreciación subjetiva, sino de un análisis realizado por profesionales especializados en violencia de género.
La víctima fue clasificada en riesgo extremo, que es el nivel más alto previsto por el sistema VioGen. Además, el procedimiento fue catalogado como un caso de especial relevancia, una clasificación reservada para aquellas situaciones en las que la probabilidad de que la violencia desemboque en un resultado letal se multiplica.
La propia Policía Nacional solicitó medidas urgentes de protección e incluso propuso valorar la colocación de una pulsera telemática al investigado. Es decir, todos los indicadores técnicos apuntaban en la misma dirección. Por eso, nos sorprendió tanto que el juzgado no valorara el conjunto de esos elementos.
No se trataba únicamente de unas amenazas. Existían antecedentes penales por violencia de género sobre la misma víctima, condenas por quebrantamiento de órdenes judiciales, incumplimientos reiterados de medidas cautelares y una valoración policial que advertía de un riesgo extraordinariamente elevado. Desde nuestro punto de vista, todos esos elementos debían analizarse de forma conjunta.
¿Qué sintieron la víctima y el equipo jurídico cuando conocieron el auto que denegaba esa orden de protección?
La sensación fue de absoluta indefensión. Cuando una mujer decide denunciar después de haber sufrido violencia, acude precisamente al circuito especializado porque entiende que ha sido diseñado para protegerla. Confía en que las instituciones van a responder con rapidez y con sensibilidad ante el riesgo que está viviendo.
Sin embargo, en este caso el mensaje que recibió fue exactamente el contrario. Primero se le dijo que no se le concedía la protección que solicitaba y, poco después, que además el procedimiento abandonaba el juzgado especializado para pasar a otro órgano judicial. Eso genera una enorme sensación de abandono. Y hay otro aspecto que me preocupa especialmente: el efecto que determinadas resoluciones pueden producir sobre el agresor.
Nadie está cuestionando que las resoluciones judiciales puedan adoptarse conforme a criterios jurídicos. Pero determinadas decisiones pueden transmitir una percepción de impunidad. Cuando un agresor interpreta que el sistema no está reaccionando frente a su conducta, esa sensación puede reforzar su convencimiento de que puede seguir actuando sin consecuencias. De hecho, durante la tramitación del procedimiento se produjeron nuevos hechos que actualmente también están siendo objeto de investigación y que afectaron a un familiar de la víctima.
Mientras tanto, ella permanecía prácticamente encerrada en su domicilio porque tenía miedo de salir.
En varias ocasiones ha afirmado que “los tiempos procesales también son protección”. ¿Qué significa exactamente esa expresión?
Significa que, cuando hablamos de violencia de género, el tiempo nunca es una cuestión meramente administrativa. En este caso la denuncia se presentó a mediados de mayo y la orden de protección no llegó hasta casi dos meses después, cuando la Audiencia Provincial revocó la decisión inicial. Durante todo ese tiempo la valoración policial seguía siendo exactamente la misma: riesgo extremo.
Afortunadamente no ocurrió ninguna tragedia, pero la pregunta que todos deberíamos hacernos es qué habría sucedido si durante ese periodo la víctima hubiera sido asesinada. Porque entonces probablemente estaríamos hablando de responsabilidades, de informes y de explicaciones posteriores. Por eso insisto tanto en que los tiempos procesales también protegen.
Una orden de alejamiento restringe derechos, por supuesto, pero precisamente por eso solo se adopta cuando existen indicios suficientes de que el riesgo es real.
Cuando finalmente un tribunal superior concluye que esa orden debía haberse acordado desde el principio, inevitablemente surge la reflexión sobre todo el tiempo que la víctima permaneció sin esa protección. Y ese tiempo no se recupera.

Andrea Cabezas ante los medios de comunicación en la Universidad Isabel I.
¿Qué impacto psicológico provoca en una víctima tener que recurrir continuamente decisiones judiciales mientras continúa sintiéndose amenazada?
Es un desgaste enorme. Ahora mismo la víctima deposita su confianza fundamentalmente en el equipo que la acompaña y en los agentes policiales que constituyen su referencia dentro del sistema VioGen. Pero la confianza en la Justicia se ha resentido muchísimo.
Ella siente que no solo ha tenido que enfrentarse a su agresor, sino también al propio procedimiento. Cada recurso supone volver a explicar lo ocurrido, volver a revivir los hechos, esperar nuevas resoluciones y convivir durante todo ese tiempo con la incertidumbre.
A eso hay que añadir otra circunstancia especialmente dolorosa: no pudo acceder a un abogado de oficio especializado. Eso significó que la defensa jurídica dependiera también de su capacidad económica.
En este caso nuestro equipo decidió asumir la asistencia de manera altruista por la trascendencia jurídica del procedimiento, pero esa no debería ser la solución. Ninguna víctima debería tener que preguntarse si puede permitirse económicamente defender un derecho tan básico como el de ser protegida.
¿Considera que el sistema judicial dispone hoy de herramientas suficientes para responder con rapidez a situaciones como esta?
Creo sinceramente que todavía existen importantes carencias. Y no hablo únicamente de recursos materiales. En este caso, por ejemplo, la víctima formuló inicialmente su denuncia sin contar con un abogado especializado que pudiera orientarla desde el primer momento.
Eso ya condiciona enormemente el procedimiento. Además, cuando la Guardia Civil acudió a practicar la detención del investigado, este realizó manifestaciones que quedaron reflejadas en el propio atestado policial y que, desde nuestro punto de vista, merecían una valoración muy relevante dentro del procedimiento.
Según consta en esas diligencias, vino a reconocer que el cambio registral estaba relacionado con la intención de evitar este tipo de procedimientos. Estamos hablando de manifestaciones incorporadas a un atestado oficial. Por eso entendemos que existían elementos suficientes para justificar ese análisis que posteriormente ha ordenado la Audiencia Provincial. Lo preocupante es que fuera necesario recorrer todo este camino procesal para llegar a ese punto.
Después de todo lo ocurrido, ¿qué reflexión hace sobre la protección institucional de las víctimas?
Creo que este caso obliga a reflexionar sobre cómo funcionan realmente los mecanismos de protección. Tenemos excelentes profesionales dentro de la Policía, dentro de los equipos de valoración y también dentro de la Administración de Justicia, pero cuando esos esfuerzos no terminan traduciéndose en una respuesta rápida y coordinada, quien soporta las consecuencias es siempre la víctima.
En situaciones de riesgo extremo no hablamos únicamente de expedientes. Hablamos de personas que viven con miedo, por eso creo que debemos recordar siempre que detrás de cada procedimiento judicial hay una mujer intentando sobrevivir y, muchas veces, unos hijos que también necesitan ser protegidos.
Si el sistema tarda meses en ofrecer esa respuesta, debemos preguntarnos qué podemos mejorar para que ninguna víctima vuelva a atravesar un proceso como este.
Del caso concreto a la reforma legal: el impulso de la violencia vicaria en la agenda legislativa
Más allá del recorrido procesal del caso de Zaragoza, Andrea Cabezas sitúa el foco en una cuestión que considera estructural: la necesidad de adaptar el ordenamiento jurídico a nuevas formas de violencia que, a su juicio, todavía no encuentran una respuesta suficientemente eficaz.
Como presidenta de Stop Violencia Vicaria, lleva años defendiendo cambios normativos para reforzar la protección de las mujeres y, especialmente, de los menores. Un trabajo que no comenzó en una asociación, sino en las aulas de la Universidad Isabel I, donde inició una investigación académica que terminaría convirtiéndose en una propuesta de reforma legislativa debatida en el seno del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Desde Stop Violencia Vicaria llevan años reclamando cambios legislativos. ¿Qué reformas considera hoy prioritarias?
Estamos en un momento importante porque, aunque todavía queda recorrido parlamentario, por primera vez muchas de las reivindicaciones que llevamos años defendiendo han llegado al ámbito legislativo.
Personalmente, para mí supone una enorme satisfacción porque una de las principales propuestas que desarrollé en mi Trabajo Fin de Grado era precisamente incorporar un agravante específico para la violencia vicaria dentro del Código Penal. Esa propuesta fue evolucionando con el tiempo, la defendimos en distintos foros institucionales y, finalmente, el Ministerio de la Mujer ha optado por una fórmula muy similar.
Es una buena noticia porque supone reconocer jurídicamente una realidad que las víctimas llevan denunciando desde hace muchos años. Pero si hay una medida que considero especialmente relevante es otra: reconocer que un maltratador no puede seguir siendo considerado automáticamente un buen padre. Durante demasiado tiempo hemos separado ambas realidades, como si una persona pudiera ejercer violencia contra la madre y, al mismo tiempo, mantener intactas sus capacidades parentales.
La futura reforma avanza precisamente en esa dirección, estableciendo la suspensión de la patria potestad durante el cumplimiento de determinadas condenas y hasta que no desaparezcan los antecedentes penales. Para nosotros esa medida resulta fundamental, porque una parte muy importante de la violencia vicaria no se ejerce únicamente mediante agresiones físicas. También se ejerce utilizando las decisiones que afectan a los hijos como un instrumento para seguir dañando a la madre.

Equipo asesor de expertas en una de las mesas de debate en el Ministerio de la Mujer, del que forma Andrea Cabezas.
¿Por qué considera tan importante esa modificación sobre la patria potestad?
Porque la experiencia nos demuestra que muchas situaciones de violencia continúan incluso después de que exista una condena. Hay padres condenados por violencia de género que siguen utilizando la patria potestad para impedir tratamientos médicos, bloquear actividades escolares, dificultar autorizaciones administrativas o cuestionar permanentemente decisiones relacionadas con la educación de sus hijos. Al final, ese ejercicio de la patria potestad se convierte en una herramienta más de control sobre la víctima.
Lo que defendemos es algo muy sencillo: si una persona ha sido condenada por ejercer violencia contra la madre de sus hijos, el sistema debe preguntarse si realmente puede seguir tomando decisiones sobre esos menores en igualdad de condiciones. No estamos hablando de castigar por castigar. Estamos hablando de proteger a la infancia.
Usted sostiene que la infancia debe situarse en el centro de todas las decisiones. Sin embargo, afirma que todavía queda mucho camino por recorrer. ¿Por qué?
Porque muchas veces seguimos actuando como si esa idea fuera una novedad, cuando en realidad lleva décadas recogida en nuestro ordenamiento jurídico y en el Derecho internacional. La Convención sobre los Derechos del Niño ya establecía hace muchos años que el interés superior del menor debía presidir todas las decisiones que le afectaran. Después llegó la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, que insiste en esa obligación.
Entonces la pregunta es inevitable: si las leyes ya lo dicen, ¿por qué seguimos teniendo que repetirlo? Para nosotros el problema ya no es tanto la ausencia de normas como la forma en la que esas normas se están aplicando. No necesitamos únicamente nuevas leyes. Necesitamos que las que ya existen se cumplan de forma efectiva.
¿Cree que existe todavía un vacío legal importante en materia de violencia vicaria?
Yo diría que estamos avanzando, pero todavía a medio camino. Es verdad que las reformas que actualmente están sobre la mesa incorporan mejoras muy importantes y eso hay que reconocerlo. Sin embargo, seguimos observando dificultades prácticas que hacen que muchas víctimas continúen sintiéndose desprotegidas.
A veces parece que cada nueva tragedia obliga a aprobar una nueva norma, pero quizá deberíamos preguntarnos antes por qué las anteriores no evitaron ese resultado. Las leyes, por sí solas, no cambian la realidad. La cambian las personas que las aplican. Por eso siempre insisto en que el verdadero reto no consiste únicamente en publicar nuevos textos legales en el Boletín Oficial del Estado, sino en garantizar que esos textos se traduzcan después en resoluciones judiciales, en actuaciones administrativas y en respuestas institucionales eficaces.
Desde la asociación también han insistido en que el tiempo juega en contra de las víctimas. ¿Por qué?
Porque cuando hablamos de infancia cada mes cuenta. Un niño que permanece durante años expuesto a situaciones de violencia no recupera ese tiempo. Los daños emocionales, psicológicos e incluso físicos pueden acompañarle durante toda la vida.
Estamos viendo cada vez más menores con trastornos de ansiedad, estrés postraumático, problemas de conducta, mutismo selectivo, trastornos alimentarios o dificultades para establecer relaciones afectivas sanas. Y detrás de muchos de esos diagnósticos existe una historia de violencia prolongada.
Hay otro fenómeno que nos preocupa especialmente: la indefensión aprendida. Cuando un niño reúne el valor suficiente para contar lo que está viviendo y comprueba que nadie actúa para protegerle, termina interiorizando que pedir ayuda no sirve de nada. Y la siguiente vez probablemente ya no hablará. Eso tiene unas consecuencias devastadoras, porque esos menores crecen pensando que la violencia forma parte de la normalidad. Y una sociedad no puede permitirse normalizar algo así.
Su Trabajo Fin de Grado comenzó precisamente investigando estas situaciones. ¿Hasta qué punto esa experiencia académica ha condicionado su forma de entender el Derecho?
Totalmente. Cuando uno empieza un Trabajo Fin de Grado piensa que va a hacer una investigación académica. Conforme profundizas en la jurisprudencia, en la legislación y, sobre todo, cuando escuchas directamente a las víctimas, descubres que existe una enorme distancia entre lo que dicen las normas y lo que muchas personas viven realmente.
Ahí fue donde comprendí que el Derecho no puede limitarse a describir la realidad. También tiene que transformarla. Y creo que esa ha sido una de las grandes enseñanzas que me llevé de la Universidad Isabel I. Me enseñó que investigar no consiste únicamente en estudiar lo que otros han escrito antes que tú.
También implica detectar problemas, fundamentar jurídicamente las posibles soluciones y ser capaz de defenderlas con rigor. Ese aprendizaje ha marcado toda mi trayectoria posterior.
¿Diría que esa investigación universitaria terminó convirtiéndose en una herramienta de transformación social?
Nunca imaginé que pudiera llegar tan lejos. Cuando presenté el Trabajo Fin de Grado lo hice pensando únicamente en desarrollar una investigación rigurosa. Jamás pensé que años después estaría defendiendo esas mismas propuestas ante responsables institucionales o participando en mesas de trabajo donde se debatían futuras reformas legislativas. Y, sin embargo, ha ocurrido.
Eso demuestra que la universidad puede desempeñar un papel muy importante en la evolución del Derecho, porque muchas veces las mejores propuestas nacen precisamente de quienes tienen tiempo para investigar, revisar la jurisprudencia, analizar la evolución normativa y plantear soluciones nuevas.
La investigación universitaria no tiene por qué quedarse dentro de la universidad. Cuando está bien fundamentada puede acabar contribuyendo a mejorar las leyes y, con ellas, la vida de muchas personas.
Cuando llegan a nosotras es porque ya han llamado a todas las puertas
La dimensión jurídica del caso de Zaragoza no puede entenderse sin el trabajo desarrollado por Stop Violencia Vicaria, una asociación que acompaña a mujeres y menores en procedimientos especialmente complejos. Andrea Cabezas insiste en que el objetivo de la entidad no es sustituir a las instituciones, sino coordinarse con ellas para que la protección de las víctimas sea realmente efectiva.
¿Cómo llegó este caso a la asociación y cuál ha sido vuestro papel durante todo el procedimiento?
Llegó de la misma manera que llegan muchas mujeres: completamente desesperada y con una enorme sensación de abandono. Lo primero que hicimos ni siquiera estuvo relacionado con este procedimiento penal.
Cuando contactó con nosotras, la víctima había pasado por una experiencia muy complicada con la asistencia jurídica que había recibido. Según nos explicó, una letrada le hizo solicitar un préstamo personal para iniciar un procedimiento que finalmente nunca llegó a ponerse en marcha.
Ante esa situación, desde la asociación presentamos una queja ante el Colegio de Abogados de Zaragoza. Ese expediente deontológico todavía está pendiente de resolución. Ese fue realmente el primer trabajo que hicimos por ella. A partir de ahí fuimos acompañándola en distintos procedimientos, conforme iba necesitando apoyo.
El caso que hoy conocemos comenzó de una forma muy significativa. Recibí una llamada de madrugada, alrededor de la una de la mañana. Ya existía una relación de confianza porque llevábamos tiempo trabajando juntas y, cuando me explicó lo que había ocurrido, nuestra primera recomendación fue muy clara: había que denunciar inmediatamente.
Las amenazas no se habían dirigido directamente a ella, sino que habían sido manifestadas delante de terceras personas, y además esas conversaciones estaban grabadas. Y esas grabaciones terminaron incorporándose al procedimiento judicial y han sido uno de los elementos que la Audiencia Provincial ha valorado para entender que existían indicios suficientes para acordar la protección.
¿Qué hace diferente la forma de trabajar de Stop Violencia Vicaria?
Intentamos ofrecer un acompañamiento integral. Muchas veces se piensa que una víctima únicamente necesita un abogado, pero la realidad demuestra que eso no basta. Una mujer que está viviendo una situación de violencia necesita apoyo jurídico, psicológico, social e incluso emocional. Por eso trabajamos siempre en coordinación con otros profesionales.
En este caso concreto, por ejemplo, hubo una colaboración muy estrecha con Cruz Roja, cuyos profesionales acompañaron a la víctima durante distintas actuaciones judiciales. También mantuvimos una comunicación constante con la Policía Nacional, especialmente con los agentes responsables del seguimiento dentro del sistema VioGen.
Nosotras creemos profundamente en el trabajo en red. No queremos sustituir a las instituciones. Queremos que todas funcionen de manera coordinada. Cuando cada profesional aporta su experiencia, la víctima se siente mucho más protegida.
Ha insistido en varias ocasiones en la importancia del acompañamiento. ¿Qué supone para una víctima sentirse respaldada durante todo el procedimiento?
Marca una diferencia enorme. Cuando una mujer llega a la asociación normalmente ya ha pasado por muchas puertas, ha intentado resolver la situación por distintas vías; ha pedido ayuda en diferentes organismos y, muchas veces, llega con la sensación de que nadie la ha escuchado.
Nuestro primer trabajo consiste precisamente en devolverle esa confianza. No prometemos resultados porque eso sería irresponsable. Lo que sí prometemos es que no va a recorrer ese camino sola. A partir de ahí vamos construyendo una estrategia jurídica, psicológica y social adaptada a cada caso, porque cada procedimiento tiene unas circunstancias completamente distintas.
¿Reciben cada vez más consultas relacionadas con procedimientos especialmente complejos?
Sí, y ese es uno de los cambios que más hemos notado en los últimos años. Cada vez llegan asuntos más difíciles desde el punto de vista jurídico. El caso del cambio de sexo registral no es una situación aislada. Actualmente estamos trabajando también en otro procedimiento similar en Navarra.
Por eso insisto en que no estamos ante un episodio excepcional y empieza a ser un fenómeno que merece una respuesta jurídica clara. Lo preocupante es que muchas veces esos procedimientos encuentran respuestas distintas según el órgano judicial que conozca del asunto. Precisamente por eso creemos que resoluciones como la dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza pueden resultar tan importantes; porque empiezan a ofrecer criterios interpretativos donde hasta ahora existían muchas dudas.

Andrea Cabezas Mateos.
¿Cómo valora la actuación de la Fiscalía en este procedimiento?
La Fiscalía desempeña un papel fundamental en la protección de las personas más vulnerables y, precisamente por eso, creemos que estos asuntos merecen una reflexión profunda. En este caso concreto, la Fiscalía solicitó que el procedimiento continuara en el juzgado de instrucción y no consideró necesario investigar el posible fraude de ley derivado del cambio registral.
Nosotras manteníamos una posición distinta. Entendíamos que, antes de decidir qué órgano judicial era competente, era imprescindible analizar esa cuestión. Finalmente ha sido la Audiencia Provincial quien ha compartido ese criterio.
No lo planteamos porque cuestionemos la existencia o la necesidad de la Ley Trans. Todo lo contrario. Lo que defendemos es que ninguna ley puede convertirse, de forma involuntaria, en un instrumento que permita dejar desprotegidas a determinadas víctimas.
Precisamente por eso creemos que determinados supuestos deben quedar sometidos al correspondiente control jurisdiccional.
¿Considera que existe cierta resistencia institucional a aplicar algunas herramientas jurídicas ya disponibles?
En ocasiones sí tenemos esa sensación. Y quiero ser muy clara. No hablo de las instituciones en abstracto. Dentro de ellas trabajan profesionales extraordinarios que realizan una labor impecable.
Lo que observamos es que, a veces, determinadas interpretaciones personales o determinadas inercias hacen que normas que ya existen no se apliquen con toda su eficacia. Eso es algo que vemos con relativa frecuencia. En este caso, por ejemplo, la propia Ley Trans contiene mecanismos que permiten evitar situaciones de fraude de ley. Sin embargo, nadie los estaba aplicando hasta que la Audiencia Provincial ha decidido que era necesario analizar esta posibilidad.
Por eso creo que debemos hacer una reflexión colectiva: muchas veces pensamos que hacen falta nuevas leyes. Quizá antes deberíamos preguntarnos si estamos utilizando correctamente las que ya tenemos.
Stop Violencia Vicaria trabaja sin financiación pública. ¿Cómo condiciona eso vuestro trabajo?
Somos una asociación privada y sin ánimo de lucro. No recibimos subvenciones públicas. Eso supone muchas dificultades porque los recursos son limitados y cada vez llegan más casos, pero también nos permite actuar con total independencia.
Nuestro único compromiso es con las víctimas. Muchas de las mujeres que acuden a nosotras lo hacen precisamente porque sienten que han agotado todos los recursos disponibles. Intentamos ofrecerles un acompañamiento muy especializado, especialmente en procedimientos jurídicamente complejos que requieren un estudio muy profundo. Eso implica muchas horas de trabajo, coordinación con otros profesionales y una dedicación que, en muchas ocasiones, va mucho más allá de la estrictamente jurídica.
Después de todo lo vivido en este procedimiento, ¿qué diagnóstico hace sobre la confianza de las víctimas en las instituciones?
Creo que es una de las cuestiones que más debería preocuparnos. La asociación nació precisamente porque muchas víctimas habían dejado de confiar en el sistema. Y, desgraciadamente, esa desconfianza no ha desaparecido. Diría incluso que en algunos aspectos ha aumentado.
Cuando una mujer tiene la sensación de que denunciar puede iniciar un procedimiento largo, complejo y lleno de incertidumbres, es comprensible que aparezca el miedo. Por eso cada resolución judicial tiene también un valor simbólico. No afecta únicamente a la persona que protagoniza ese procedimiento, sino que también influye en todas aquellas mujeres que están pensando si dar el paso de denunciar.
Si conseguimos que el sistema responda con rapidez, con coordinación y con seguridad jurídica, estaremos protegiendo no solo a una víctima, sino también fortaleciendo la confianza de muchas otras que todavía permanecen en silencio.
La Universidad Isabel I: cuando la formación jurídica trasciende el aula
Mientras lideraba procedimientos judiciales de enorme complejidad y consolidaba el trabajo de la Asociación Stop Violencia Vicaria, Andrea Cabezas seguía siendo, ante todo, estudiante. Esa doble condición —activista y alumna, profesional e investigadora— ha marcado buena parte de su trayectoria.
Actualmente ha finalizado el Máster Universitario en el Ejercicio de la Abogacía y la Procura en la Universidad Isabel I y ha realizado los exámenes para convertirse en Abogada y Procuradora, una formación que, según explica, le ha permitido trasladar la investigación académica a la práctica jurídica y viceversa.
Su experiencia constituye uno de esos ejemplos en los que la universidad deja de ser únicamente un espacio de aprendizaje para convertirse en un lugar desde el que impulsar cambios reales en el ordenamiento jurídico.
Además de presidir Stop Violencia Vicaria, continúa siendo alumna de la Universidad Isabel I. ¿Cómo ha conseguido compatibilizar una actividad profesional y asociativa tan intensa con los estudios?
La verdad es que no habría sido posible sin el modelo de la Universidad Isabel I. Cuando una alumna trabaja, dirige una asociación, atiende procedimientos judiciales y además quiere seguir formándose, necesita una universidad que entienda esa realidad.
Y eso es precisamente lo que he encontrado. La flexibilidad metodológica permite organizar el estudio sin renunciar a la actividad profesional, pero para mí hay algo todavía más importante: el acompañamiento.
Nunca he tenido la sensación de ser un número. Siempre he sentido que detrás de cada asignatura había profesores preocupados por el aprendizaje real del alumnado. Ese seguimiento personalizado marca una diferencia enorme.
¿En qué sentido?
Porque el profesorado no se limita a corregir trabajos o impartir clases. Estamos hablando de profesionales en activo: abogados, jueces, magistrados, fiscales, psicólogos… Personas que conocen perfectamente la realidad jurídica y que están acostumbradas a enfrentarse diariamente a casos complejos. Eso hace que las conversaciones vayan mucho más allá del contenido académico.
En muchas ocasiones he podido comentar con ellos dudas surgidas durante procedimientos reales, plantear cuestiones jurídicas que me estaban preocupando o contrastar interpretaciones normativas. Y siempre he encontrado disponibilidad. Creo que ese acceso directo al profesorado es uno de los grandes valores de la Universidad Isabel I.
No es habitual poder escribir a un docente, plantearle un problema jurídico complejo y recibir una orientación fundamentada desde la experiencia profesional.

Fotografía institucional con las autoridades en las Jornadas de Violencia Vicaria organizadas en la Universidad Isabel I.
¿Hasta qué punto esa cercanía ha influido en su evolución como jurista?
Muchísimo, porque el Derecho no se aprende únicamente memorizando artículos. Se aprende razonando. Y cuando tienes delante a profesionales que llevan años aplicando esas normas en los tribunales, la forma de estudiar cambia completamente.
Muchas veces un profesor te hace una pregunta que te obliga a replantearte todo un razonamiento jurídico. Y eso es exactamente lo que después ocurre en la práctica profesional. Creo que la Universidad Isabel I consigue algo muy importante: formar juristas que aprenden a pensar jurídicamente, no solo a estudiar Derecho.
Además de la formación, ha destacado en varias ocasiones el trato humano recibido. ¿Qué significa eso en la práctica?
Significa sentir que la universidad camina contigo. Cuando empiezas a participar en foros institucionales, comparecencias públicas o mesas de trabajo, aparecen muchas inseguridades. Yo no venía del ámbito político ni institucional. Era una estudiante.
La primera vez que tuve que intervenir en un entorno de ese nivel sentía muchísimo respeto. Y ahí la universidad fue muy importante. Pude compartir mis dudas, pedir consejo y encontrar personas que me animaron a confiar en mi trabajo. Nunca me hicieron sentir que aquellas preguntas eran inoportunas. Todo lo contrario. Siempre encontré cercanía y apoyo.
Eso ayuda mucho cuando empiezas a asumir responsabilidades que van más allá de la propia universidad.
Su Trabajo Fin de Grado ha terminado teniendo una repercusión extraordinaria. ¿Cómo nació aquella investigación?
Como nacen la mayoría de los trabajos de investigación: con una pregunta. Sabía que quería trabajar sobre violencia vicaria porque era un tema que me tocaba muy de cerca, tanto desde el punto de vista humano como desde la experiencia que estaba acumulando en la asociación. Empecé realizando un estudio de la evolución normativa desde mediados del siglo XX hasta la actualidad. Analicé la jurisprudencia, revisé la legislación y, sobre todo, entrevisté a numerosas víctimas. Y fue precisamente ahí donde apareció algo que me llamó muchísimo la atención.
Existía una enorme distancia entre lo que las leyes decían y lo que realmente estaban viviendo esas mujeres y esos menores. Fue entonces cuando decidí que el trabajo no podía limitarse a describir el problema. Tenía que proponer soluciones.
¿Y cuáles fueron esas propuestas?
La principal fue incorporar un agravante específico para la violencia vicaria dentro del Código Penal. También planteé otras modificaciones relacionadas con la protección de la infancia y con el ejercicio de la patria potestad cuando existen condenas por violencia de género.
Lo importante era que todas esas propuestas estaban fundamentadas en un análisis jurídico muy amplio. No eran opiniones. Eran conclusiones derivadas de una investigación. Eso fue lo que permitió que posteriormente pudieran defenderse en distintos espacios institucionales.
Ese Trabajo Fin de Grado acabó saliendo de la universidad y llegó incluso al Congreso de los Diputados. ¿Cómo fue ese proceso?
Fue algo completamente inesperado. Después de finalizar la investigación tuve la oportunidad de presentar algunas de sus conclusiones en una mesa de trabajo vinculada al Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Allí expuse las propuestas ante representantes institucionales y especialistas en la materia.
Recuerdo perfectamente aquella sensación. Yo seguía viéndome como una estudiante. Pensaba: "¿Qué hago yo aquí explicando una reforma del Código Penal?" Pero poco a poco comprendí que lo importante no era quién hablaba, sino la solidez del trabajo que había detrás.
Las propuestas fueron bien recibidas y comenzaron a formar parte del debate jurídico. Con el tiempo algunas evolucionaron, otras cambiaron de enfoque y otras terminaron incorporándose, con distintos matices, a las reformas que actualmente prepara el legislador.
¿Esperaba que un Trabajo Fin de Grado pudiera llegar a influir en futuras reformas legislativas?
Sinceramente, no. Jamás imaginé que una investigación universitaria pudiera recorrer ese camino. Yo solo quería hacer un buen trabajo académico, pero esa experiencia me enseñó algo muy importante: la universidad no es un lugar donde únicamente se obtiene un título. También es un espacio desde el que pueden surgir ideas capaces de mejorar el Derecho. Y eso cambia completamente la forma de entender la investigación.
¿Qué papel ha desempeñado la Universidad Isabel I durante todo ese recorrido?
Para mí ha sido un apoyo constante. No solamente durante la elaboración del Trabajo Fin de Grado. También después, cuando empezaron a surgir oportunidades para presentar aquellas propuestas en distintos foros. Siempre he sentido que la universidad confiaba en mí antes incluso de que llegaran los reconocimientos públicos.
Además, la Universidad Isabel I mantiene una conexión muy estrecha con el mundo profesional e institucional. Eso abre muchas puertas. Pero lo más importante es que nunca he sentido que intentaran apropiarse de los logros.
Muchas veces ocurre que, cuando una persona empieza a tener cierta visibilidad, aparecen quienes quieren colgarse esas medallas. Yo, sin embargo, he vivido exactamente lo contrario. De hecho, muchas veces era yo quien llamaba para contarles que había ocurrido algo importante, no porque quisiera publicidad, sino porque sentía que esos éxitos también pertenecían, en parte, a las personas que me habían acompañado durante todo el proceso.
Eso genera un vínculo muy especial con una universidad.
Viendo el recorrido que ha tenido su investigación, ¿qué le diría a un estudiante que piensa que un Trabajo Fin de Grado es únicamente un requisito académico?
Le diría que no desaproveche esa oportunidad. Un Trabajo Fin de Grado puede convertirse en la primera gran investigación de una carrera profesional. Es el momento de profundizar en un problema, cuestionarse cómo funciona realmente el Derecho y plantear soluciones. Mi consejo sería que elijan un tema que realmente les apasione. Después hay que estudiarlo muchísimo. Especializarse.
Cuando conoces una materia en profundidad, hablas con seguridad porque sabes de lo que estás hablando. Y eso se nota. Luego hace falta otra cosa: perseverancia.
Muchas veces bromeo diciendo que, si mis propuestas han llegado tan lejos, ha sido porque he sido muy insistente. Pero es verdad. Las buenas ideas también necesitan alguien que las defienda una y otra vez.
Si uno cree de verdad en una investigación y está sólidamente fundamentada, merece la pena pelear por ella, porque nunca sabes hasta dónde puede llegar.
Mirar al futuro: una justicia que proteja antes de que sea demasiado tarde
Para Andrea Cabezas, el objetivo de su trabajo trasciende este procedimiento concreto. Lo que está en juego, sostiene, es evitar que otras víctimas tengan que recorrer el mismo camino judicial para obtener una protección que debería ser inmediata.
Continúa la tramitación de la futura ley sobre violencia vicaria. ¿Qué espera de esa reforma?
Espero que salga adelante cuanto antes. Llevamos muchos años reclamando cambios que ahora, por fin, empiezan a incorporarse.
Para mí es especialmente importante que se reconozca la violencia vicaria como una circunstancia agravante dentro del Código Penal, porque fue precisamente una de las propuestas que planteé en mi Trabajo Fin de Grado. También considero fundamental la suspensión de la patria potestad durante el cumplimiento de la condena y hasta la cancelación de los antecedentes penales.
Durante demasiado tiempo se ha mantenido la idea de que un maltratador podía seguir ejerciendo plenamente como padre. Y eso no siempre protege a los menores.
Si una persona ha sido condenada por violencia de género, las decisiones que afectan a los hijos también deben revisarse desde la perspectiva de su protección. Creo que esa reforma supone un cambio muy importante. Ahora bien, también pienso que las leyes, por sí solas, no resuelven el problema. España dispone ya de un marco normativo muy amplio. Lo que necesitamos es que esas normas se apliquen correctamente.
Después de todo lo vivido en este procedimiento, ¿ha cambiado su forma de entender la protección institucional a las víctimas?
Sí. Muchísimo. Yo antes insistía siempre en que había que denunciar. Hoy sigo creyendo que salir de la violencia es imprescindible. Pero también creo que debemos ser muy responsables cuando hablamos de la denuncia. Las víctimas necesitan estar preparadas, bien asesoradas y muy acompañadas.
No basta con decirles que denuncien. Hay que garantizar que, cuando lo hagan, el sistema responda. Porque si una mujer denuncia y después siente que la justicia no la protege, el daño puede ser todavía mayor. Este caso lo demuestra.
¿Qué mensaje le gustaría trasladar precisamente a esas mujeres que hoy están viviendo una situación de violencia y tienen miedo a denunciar?
Les diría, ante todo, que no afronten ese proceso solas, que busquen apoyo, que se asesoren, que se rodeen de profesionales especializados y de personas de confianza. Salir de la violencia sigue siendo necesario, pero también hay que hacerlo con prudencia.
Antes pensaba que la respuesta siempre era denunciar inmediatamente. Hoy creo que la respuesta correcta es denunciar cuando existen las condiciones necesarias para hacerlo con seguridad y con un buen acompañamiento jurídico, psicológico y social, porque la denuncia es una herramienta muy importante, pero no puede ser la única.
El futuro de su trabajo
La conversación con Andrea Cabezas trasciende el relato de un procedimiento judicial excepcional. A lo largo de la entrevista emerge el perfil de una jurista que combina el rigor académico con la práctica profesional, la investigación universitaria con la defensa directa de las víctimas y el activismo asociativo con una firme vocación de transformación institucional.
Como presidenta de la Asociación Stop Violencia Vicaria, pero también como alumna del Grado en Derecho y del Máster Universitario en el Ejercicio de la Abogacía y la Procura de la Universidad Isabel I, reivindica el papel de la universidad como espacio desde el que generar conocimiento útil para la sociedad. Su Trabajo Fin de Grado, convertido en referencia para futuras reformas legislativas sobre violencia vicaria, ejemplifica cómo la investigación puede trascender el ámbito académico e influir en el debate jurídico y parlamentario.
Mientras el caso de Sara continúa su recorrido procesal, la resolución de la Audiencia Provincial de Zaragoza ya ha abierto una vía inédita para examinar judicialmente posibles supuestos de fraude de ley vinculados al cambio registral de sexo en procedimientos por violencia de género. Un debate jurídico que, previsiblemente, marcará futuras resoluciones.
Para Andrea Cabezas, sin embargo, el verdadero problema sigue siendo otro: que ninguna víctima tenga que invertir meses recurriendo resoluciones para conseguir la protección que el sistema está llamado a garantizar desde el primer momento, porque cuando existe un riesgo extremo, el tiempo también forma parte de la justicia.