Myriam Rodríguez Moreno - Jue, 06/02/2025 - 10:17
Zona industrial contaminada. Pintura digital de la degradación de una zona urbana.
Serie: 'Criminología en serie' (LI)
La criminología verde es una perspectiva relativamente incipiente de la criminología que se dedica al estudio del daño ambiental provocado por conductas que infringen el ordenamiento jurídico (Morelle, 2020), así como de las que aún no se encuentren tipificadas y criminalizadas. Atendiendo al impacto ambiental del crimen, pueden imaginarse distintos niveles:
Los delitos contra el medio ambiente en sentido estricto se encuentran tipificados en el Título XVI “De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente” del Código penal español. A raíz de la LO 3/2023, de 28 de marzo, de modificación de la LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de maltrato animal, además de modificar algunos de los preceptos recogidos en el mencionado título, se crea el Titulo XVI bis bajo la rúbrica “De los delitos contra los animales”. Con este cambio se extrae la categoría de animales domésticos del Título XVI del Código penal. De este modo, actualmente el Código penal protege al medio ambiente y a los animales en el Capítulo III “De los delitos contra los recurso naturales y el medio ambiente” y el Capítulo IV “De los delitos contra la flora y la fauna” del Título XVI y en el mencionado nuevo Título XVI bis del Código Penal.
La pretensión de esta reforma es acercar el Código Penal al nuevo régimen jurídico de los animales recogido en la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, en el cual se reconoce el estatus del animal como ser vivo dotado de sensibilidad. Asimismo, también es una pretensión de la reforma adecuar el Código penal a los avances y los cambios que se han producido en la realidad social. Además, se añade la expresión “animal vertebrado”, porque con esta reforma no solo se pretende proteger a los “animales domésticos, domesticados o que convivan con el ser humano”, sino también a otras especies silvestres que, si no estaban consideradas como especies protegidas, su maltrato quedaba impune (Preámbulo de la LO 3/2023, de 28 de marzo).
La modificación en la legislación amplia los derechos de los animales.
Sin embargo, la criminología verde también –y especialmente– se preocupa por el estudio de los crímenes ambientales en sentido más amplio. A este respecto, cobra especial importancia la necesidad de acudir al pensamiento crítico criminológico (en este caso, ecocéntrico) y a las rupturas epistemológicas que ha ido presentando esta ciencia, especialmente en lo que se refiere al objeto de estudio (Rivera,2014; Sande, 2018): el daño social (Rivera, 2016) provocado por diferentes conductas humanas, no necesariamente tipificadas (aún) como delito. Para ello, y en el ejemplo que aquí nos ocupa, el análisis sobre el daño ambiental y su impacto – también humano – se sitúan en el centro de reflexión.
Se trata de conductas llevadas a cabo, especialmente, en las disputas por el control de recursos naturales o en aquellas prácticas empresariales, corporativas o estatales que no respetan las normas sobre los riesgos medioambientales que encierran y pueden desembocar en verdaderas catástrofes medioambientales. Su alcance puede ir, directa o indirectamente, más allá de la naturaleza. Desde el plano doctrinal, algunos autores estudian el desarrollo del ecocidio como “delito internacional referido a ataques particularmente graves al medio ambiente” (Berdugo, 2024, p. 30).
De cualquier forma, las soluciones radican en torno a las “narrativas de la justicia penal y la criminología verde” (García, 2022), que permiten construir, al menos en el plano teórico, estrategias de persecución de crímenes ecológicos.
Bibliografía:
Berdugo Gómez de la Torre, I. (2024). Sobre la persecución penal del medio ambiente. Especial referencia al ecocidio, en Revista Penal, n.º 53, pp. 22-37.
García Ruíz, A. (2022). Ecocidio y éxodo climático. Revisión crítica desde la narrativa de la justicia penal y la criminología verde, en Revista de Derecho penal y Criminología, 3.ª Época, n.º 28, pp. 59-116.
Ley Orgánica 3/2023, de 28 de marzo, de modificación de la LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de maltrato animal. Boletín Oficial del Estado, 75, de 29 de marzo de 2023.
Morelle Hungría, E. (2020). Ecocriminología, la necesaria visión ecosistémica en el siglo XXI, en Revista Electrónica de Criminología 3 (2), pp- 1-14.
Rivera Beiras, I. (2014). Delitos de los Estados, de los mercados y daño social: Debates en Criminología Crítica y sociología jurídico-penal, Anthropos.
Rivera Beiras, I. (2016). Hacia una criminología crítica global, en Revista Athenea Digital 16 (1), pp. 23-41.
Sande, F.J. (2018). Recorrido sobre las rupturas epistemológicas en la cuestión criminal y escenario(s) presente(s), en Revista Anales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Nacional de La Plata, n.º 48, pp. 677-694.
ISSN 2697-1984
Editor: Universidad Isabel I
Burgos, España
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