Víctor Cazurro Barahona Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Isabel I
Mar, 31/10/2017 - 17:48

La situación política en Cataluña ha puesto al Gobierno de España ante la toma de una decisión complicada: la activación o no del artículo 155 de la Constitución. Se trata de un artículo que, hasta la fecha, no se ha utilizado nunca.

El 155 establece si una Comunidad Autónoma no cumple con las obligaciones que la Constitución u otras leyes de nuestro ordenamiento le impongan, o actuare de forma que atente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma (trámite ya cumplido), podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

Será necesario que cuente también con la aprobación por mayoría absoluta del Senado.

El Ejecutivo deberá enviar al presidente del Senado un escrito en el que recoja las medidas propuestas, que serán debatidas en la Comisión General de Comunidades Autónomas. Por su parte, se requerirá al presidente catalán para que presente los datos y las alegaciones que considere oportunos. La propuesta final deberá votarse en el Pleno. 

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