Ana Fuentes Cano Directora del Grado en Criminología
Lun, 16/10/2023 - 10:41

Anciana entre rejas

Manos de una anciana en una cerca oxidada en blanco y negro, símbolo de esclavitud y cautiverio de personas.

Serie: 'Criminología en serie' (XLII)

De acuerdo con la definición más extendida del delito de trata de personas que promulga el Protocolo de Palermo desde el año 2000, se distinguen tres elementos clave de cara a la identificación del delito:

  • La acción: son aquellas actuaciones que él o los tratantes llevan a cabo de cara a facilitar la comisión del delito, entre las que se señalan la acción de captar, trasladar, transportar, acoger o recibir personas.
  • El medio: este elemento del delito se asocia con los medios empleados por los tratantes de cara a llevar a cabo las acciones mencionadas previamente y que facilitan la explotación de un individuo. Destacan la coacción, el engaño, la fuerza, violencia o el abuso de una situación de vulnerabilidad.
  • La finalidad: el objetivo de este delito es la explotación de un individuo por el beneficio ajeno. Pudiendo ser presentado en diversas formas, tales como: la explotación sexual, trabajos forzados, esclavitud, servidumbre o extracción de órganos.

Pese a que dicho protocolo ha sido ratificado por más de 173 países y es considerado en la actualidad como el instrumento más representativo en la lucha contra la trata de personas, el delito de trata de personas sigue asociado a lo que en antaño se conocía como trata de blancas.

Sin embargo, a día de hoy no debiera confundirse ni emplearse esta última terminología ya que la expresión “trata de blancas” arrastra un sesgo racista que únicamente podría asociarse a las preocupaciones de la época que principalmente estaban vinculadas a erradicar la violencia que ejercida entonces contra mujeres blancas europeas para ser vendidas y explotadas sexualmente (Atasü-Topcuoğlu, 2014, p. 170; Elliott, 2014, p.50).

Además, esta terminología perpetúa la figura de una víctima ideal para la que se pone especial énfasis en la utilización de medios de fuerza o coacción de cara a facilitar una explotación con fines sexuales de manera transnacional. No obstante, las víctimas de trata pueden aceptar las ofertas de sus tratantes conociendo la naturaleza del delito, pero no necesariamente de las condiciones a la que puede estar expuesta. Por otro lado, se hace preciso señalar que la captación y explotación de individuos puede llevarse a cabo sin la necesidad del transporte de víctimas o cruce físico de fronteras gracias al empleo de las nuevas tecnologías.

La importancia de la desmitificación del delito de trata persigue entender mejor su evolución y detección, acciones clave para identificar y asistir a sus víctimas.

ISSN 2697-1984

Editor: Universidad Isabel I

Burgos, España

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