José Julián Isturitz Profesor en la Facultad de Criminología
Lun, 16/06/2025 - 13:56

UME en Valencia, retocada

La UME en Valencia. Fuente: Reportaje de RTVE.

Serie: 'Seguridad a tu alcance' (LIX)

La Unidad Militar de Emergencias, también conocida como UME, es una organización militar encargada de dar apoyo a la sociedad civil en la atención a situaciones de emergencia extraordinaria dependiendo del Ministerio de Defensa y sus miembros son agentes de la autoridad.

A finales de 2004, 3000 vehículos quedaron atrapados en las carreteras del norte de España por una gran nevada, lo que supuso una queja hacia los servicios de emergencia. A mediados de 2005, ocurrió un importante incendio forestal en Guadalajara[1]. En ambas situaciones, la Administración General del Estado no pudo responder con eficacia, por lo que el nace la UME por acuerdo del Consejo de Ministros, de 7 de octubre de 2005.

Las actuaciones de la Unidad Militar de Emergencias se centran en la adopción de medidas encaminadas a salvaguardar, proteger o socorrer la vida e integridad de las personas y de sus bienes, el medio ambiente, los espacios naturales y sus recursos y el patrimonio histórico-artístico. La intervención de la UME se regula mediante un Protocolo especifico (Real Decreto 1097/2011, de 22 de julio) y podrá ser ordenada ante una emergencia grave, independientemente de que se trate de una emergencia de interés nacional o no.

Las emergencias están categorizadas en niveles (0 Municipal; 1 Provincial; 2 Autonómico; 3 Nacional).

En el caso de la emergencia de interés nacional (supone nivel 3), la Unidad Militar de Emergencias, asume la dirección operativa de la misma, actuando bajo la dirección del Ministro del Interior.» (art. 37, Ley 17/2015)

Ahora bien, la UME debe ajustar su actuación a lo establecido en la legislación vigente en materia de protección civil, y especialmente en lo relativo a la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, de ahí que los efectivos de la UME actúan bajo la dirección de sus mandos naturales y uno de ellos se integrara en el Centro de Coordinación Operativa desde el cual se dirija la emergencia de que se trate, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.d) de la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril.

La UME deberá ajustar su actuación a lo establecido en la legislación vigente en materia de Protección Civil, y especialmente en lo relativo a la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, de ahí que actúa bajo el mando del director del plan de emergencias que se haya activado en cada momento, sin que en momento alguno suponga que la intervención de la UME haga pasar a nivel 3.

Consulta las publicaciones sobre este tema:

Dana Valencia (I): El incidente como objeto de estudio. Autor: José Julián Isturitz.

Dana Valencia (II): Competencias. Autor: José Julián Isturiz.

Dana Valencia (III). Emergencia de interés nacional. Autor: José Julián Isturiz.

Bibliografía

Real Decreto 1097/2011, de 22 de julio, por el que se aprueba el Protocolo de Intervención de la Unidad Militar de Emergencias. «BOE» núm. 178, de 26/07/2011. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-12869

Editor: Universidad Isabel I

ISSN 2697-288X

Burgos, España

 

[1]  Ocurrió el 17 de julio de 2005, con un balance de once muertos, tres desaparecidos, 600 evacuados y más de 4.500 hectáreas devastadas.

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