Rafael Fernando Vega-Pozuelo Profesor del Máster en Prevención de Riesgos Laborales
Jue, 20/05/2021 - 11:20

Seguridad retocada

Serie: 'Cultura preventiva' (XXV)

¿Cuál es la base normativa?

La evaluación de riesgos laborales se asienta en una gestión activa de la seguridad y salud en toda actividad laboral o investigadora. De hecho, la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales (BOE núm. 269 de 10 de noviembre), que traspone la Directiva Marco 89/391/CEE, en su artículo 16, establece como obligación del empresario tanto la o planificación de la acción preventiva a partir de una evaluación inicial de riesgos como la evaluación de los riesgos a la hora de elegir los equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo.

A priori, ¿es segura per se la actividad investigadora doctoral?

Al igual que en la actividad profesional, la investigación y la realización de una tesis doctoral requieren la evaluación de riesgos realizada con una metodología apropiada al objeto, según la tipología de ésta y las actividades que englobe. Para ello, se debe tratar de obtener información necesaria para mejorar la gestión preventiva en trabajos de investigación.

Dicha información debe ser recogida en las Evaluaciones de Riesgos Laborales correspondientes y se debe unir a la contenida en la Clasificación Genérica de Puestos Laborales que esté diseñada para ofrecer a los distintos colectivos de trabajadores de la universidad información general en relación con:

  • Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.
  • Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a tales riesgos.
  • Las medidas adoptadas para afrontar eventuales emergencias.

¿Cuentan las universidades españolas con los medios necesarios?

Las universidades, en España, deben contar con Unidades de Prevención de Riesgos Laborales, que suponen servicios de prevención propios de cada una de ellas (según establece el Reglamento de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales). Para ello, deben contar con un conjunto de medios humanos y materiales dispuestos por estas organizaciones para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud del personal vinculado o dependiente de las mismas.

Esta es la forma que tienen las universidades de asesorar y asistir a los órganos de gobierno, a los empleados y a sus representantes, en función de los tipos de riesgo existentes.

En este sentido, es necesario resaltar la importancia de la integración de la Prevención de Riesgos Laborales en los sistemas de gestión de las universidades por lo que hay que tenerla en cuenta en todas las actividades de la universidad, en todas las decisiones y en todos los niveles jerárquicos.

Poner el foco en la problemática

Un recuento básico de los datos disponibles a nivel nacional muestra un dominante número de accidentes 'in itinere' que en un primer análisis podría deberse a que parte del Personal Investigador realiza su actividad investigadora en diversas localizaciones, incluso a veces ubicadas en diferentes localidades, pero que también podrían ser ocasionadas por una conducción bajo estados de estrés, cuadros de depresión, síntomas de ansiedad o con tratamientos farmacológicos.

Este problema merece un ejercicio de análisis detenido para reducir el número de accidentes de estas características que se producen. En este sentido, es indudable la necesidad de progresar en la mejora de las condiciones de los investigadores y doctorandos, especialmente por lo eficaz y, mejor aún, por lo más eficiente, en el diseño de instalaciones, equipos, métodos de trabajo, etc.

¿Qué retos hay pendientes en este ámbito?

Desde nuestro ámbito llamamos a reflexionar sobre la situación actual de esta cuestión después de 26 años de haberse aprobado la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y creemos que se debe ahondar en la toma de decisiones apropiadas sobre la oportunidad de mejora futura, debiendo dar respuesta a los retos de la labor investigadora.

Las universidades, en general, deben tomar conciencia de que están obligadas a informar directamente a cada trabajador o becario de los riesgos específicos que afecten a su función, así como de las medidas de protección y prevención que aplican a dichos riesgos.

El principal reto, en este sentido, es que estas evaluaciones de riesgos laborales existan y que sean revisadas con una periodicidad no superior a cuatro años considerando, en particular, los cambios introducidos en las condiciones de trabajo e investigaciones y, en su caso, los daños para la salud que se hubieran producido.

Por último, hay que recordar que otro reto lo tenemos en el fomento de una 'cultura preventiva' con campañas de concienciación y sensibilización para favorecer la divulgación de información acerca de métodos de trabajo seguros, códigos de buenas prácticas en toda la comunidad universitaria buscando la eliminación de malos hábitos preventivos. Cultura preventiva en la que debe incluirse a los alumnos, becarios y doctorandos para inculcarles hábitos de trabajo seguros.

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